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El Hermitage alega falta de legitimidad del ayuntamiento para vetar el museo

 22 julio, 2021

Barcelona, 22 jul (EFE).- El Museo Hermitage ha presentado un recurso de reposición ante el Ayuntamiento de Barcelona en el que alega falta de legitimidad del consistorio para vetar su proyecto por invadir competencias de la Autoridad Portuaria, incumplir la ley catalana de Museos y vulnerar incluso la legislación europea.

Fuentes próximas al museo han explicado a Efe que con este último recurso por vía administrativa el Hermitage intenta agotar las posibilidades de alcanzar una solución no litigiosa con el ayuntamiento barcelonés, antes de iniciar la vía propiamente judicial con un recurso contencioso-administrativo.

En un extenso recurso de cerca de 30 páginas, el Museo Hermitage Barcelona rebate los fundamentos jurídicos de la denegación de la tramitación de un convenio entre el ayuntamiento y el Puerto de Barcelona por acuerdo de la Comisión de Gobierno del consistorio por una interpretación «contraria a derecho» del artículo 6.1 del Plan Especial de la Nueva Bocana (PENB) del puerto barcelonés.

En este contexto, remarca que la denegación de esta tramitación del convenio por parte del ayuntamiento «comporta una clara interferencia en las competencias de la Autoridad Portuaria de Barcelona (APB) de gestión del dominio público de su titularidad».

Añade que la resolución impugnada «pretende someter el ejercicio de las competencias de la APB a una tutela municipal» que facultaría al ayuntamiento «no ya a establecer algunas condiciones justificadas vinculadas a la gestión urbanística o a otros aspectos del funcionamiento del proyecto, sino para impedir totalmente la efectividad de una concesión acordada por la APB».

Asimismo, los recurrentes entienden que el ayuntamiento no está facultado para vetar proyectos culturales en el Puerto de Barcelona, al no quedar amparado en las competencias municipales, «ni de carácter urbanístico, ni de intervención en las actividades de los particulares, ni en materia cultural».

Rechaza en este sentido el veto del consistorio a su emplazamiento en la bocana del puerto con el argumento de ser «de difícil accesibilidad y casi nulo contacto con el tejido urbano de la ciudad», por cuanto el planteamiento urbanístico admite el uso cultural en esta zona, incluido el de museo, y se ha hecho un análisis previo de la movilidad que se generaría.

Otro argumento que esgrime el recurso es que la ley catalana de museos de 1990 «no atribuye a los ayuntamientos absolutamente ninguna competencia que los habilite para condicionar, limitar o impedir la implantación de un museo de promoción y titularidad privada».

El recurso llega a apelar al Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea para asegurar que la resolución municipal «vulnera los principios fundamentales del Derecho de la UE de libertad de establecimiento y de libre prestación de servicios, consagrados en los artículos 49 y 56 del TFUE».

A este respecto, recuerda que, si bien el TFUE permite algunas restricciones, estas deben estar justificadas «por razones imperiosas de interés general», por lo que las limitaciones han de ser «excepcionales» y «proporcionales» para alcanzar estos objetivos.

Por último, el escrito rebate la consideración municipal relativa al «insuficiente interés público del proyecto», ante su «absoluta falta de fundamento».

Resalta en este sentido un informe que indica que la creación del Museo Hermitage puede tener un efecto positivo económico remarcable, con un impacto directo de 21 millones anuales, de 30 millones en el efecto sobre la producción o de 14 millones sobre el valor añadido bruto, además de generar 337 puestos de trabajo directos e indirectos.

Además, hace constar que el Museo Hermitage Barcelona «ha acreditado ampliamente su voluntad de reforzar el proyecto con la colaboración con el tejido cultural y social de la ciudad, y a estos efectos ha firmado diversos protocolos con asociaciones de vecinos y entidades docentes y culturales por medio de la plataforma «Más Cultura para Barcelona».